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Zdero propone crear un fondo para insumos y útiles escolares: "Es función indelegable del Estado atender las necesidades básicas"

El diputado provincial Leandro Zdero propuso la creación de un Fondo para Insumos y Útiles Escolares Básicos de los establecimientos educativos estatales dependiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología. "Este Fondo tendría como propósito facilitar elementos indispensables y básicos al personal docente para el desarrollo de las clases y el normal funcionamiento del programa de aprendizaje en toda la provincia", indicó.

El proyecto de ley N° 1548/2022 ya ingresó a la Legislatura y establece que se compondrá de dos partidas semestrales, cuyo monto será a partir de la categoría de cada institución educativa y describe:

a) Primera categoría. nivel inicial: el equivalente a 550 litros de nafta Súper = $70.675; nivel primario y secundario: el equivalente a 400 litros de nafta super = $51.400.

b) Segunda categoría. nivel inicial: el equivalente a 270 litros de  nafta Súper= $34.695; nivel primario y secundario: el equivalente a 200 litros de nafta super =$25.700.

 c) Tercera categoría. nivel inicial: el equivalente a 200 litros de nafta Súper = $25.700; nivel primario y secundario: el equivalente a 150 litros de nafta super = $19.275.

El Proyecto determina, además, que se deberá actualizar la suma fijada para cada establecimiento educativo.

 "En cada recorrida por la provincia, los docentes me transmiten que las innumerables tareas administrativas, escolares y pedagógicas generan gastos en insumos y ellos, no siempre lo pueden solventar", señaló el legislador.

Por último, Zdero remarcó: "El objetivo de este Fondo consiste en servir de apoyo para materiales básicos e indispensables que contribuyan al normal funcionamiento de las clases, como ser tizas, borradores, libros, diccionarios, libros educativos, material bibliográfico, etc. y sirva de ayuda a los docentes para no incurrir con su bajo salario en afrontar dichos costos; sin que el personal directivo, docente o cooperadora escolar tengan que recurrir a beneficios, generalmente fuera de los horarios laborales, o aportar de sus propios bolsillos, entendiendo que es función indelegable del Estado atender las necesidades básicas escolares que posibiliten el normal desempeño de la institución escolar".